Posteado por: juventudmolirena | Abril 13, 2008

Resumen general de las reformas antidemocráticas aprobadas por la Comisión Política.

Reformas antidemocráticas aprobadas por la Comisión Política

Por: Ingeniero Pacifico Chung Castillo

Este 5 de abril de 2008 la Comisión Politica de nuestro partido aprobó, por estrecho margen y en medio de una serie de irregularidades, reformas estatutarias que atentan contra el espíritu democratico. Nuestros dirigentes muestran así su falta de compromiso para con nuestras bases y su deseo desproporcionado de centralizar el poder en un pequeño grupo.

Resumen General de las Reformas

Más poderes para el Presidente

  • El Presidente del partido ahora preside todos los órganos del partido, tanto nacionales como regionales. Esto significa que preside el Directorio Nacional, la Comisión Política, la Junta Directiva así como los Directorios Provinciales y los Directorios Distritales (Art. 55).
  • El Presidente del partido convoca ahora a todos los órganos del partido. (Art. 55)
  • El presidente del partido nombra todas las comisiones de negociación de alianzas Electorales. Esto significa que ya no es la Comisión Política la que nombra las comisiones de negociación de alianzas Electorales. (Art. 55)

Más poderes para el CEN

  • Propone los acuerdos de alianza electoral a la Convención Nacional. (Art. 66)
  • Nombra las vacantes en TODOS los órganos del partido. (Art. 66)
  • Postula en los circuitos uninominales los candidatos a diputado, alcalde y representante. (Art. 66)
  • Decide sobre las apelaciones en los casos expulsión y revocatoria de mandato. (Art. 66)

Los Convencionales pierden sus funciones

  • Se elegirán nuevos delegados a las Convenciones provinciales y distritales, para los diferentes directorios. (Art. 47)
  • La próxima alianza electoral se decidirá por medio de una Convención extraordinaria que aprobará o no la propuesta del CEN. No se podrá discutir ningún otro tema que el propuesto por el CEN, ni proponer otra propuesta de alianza. En el orden del día ya no existirá el punto “lo que propongan los miembros”. Los convencionales sólo tienen la potestad de votar sí o no. Si no se aprueba la propuesta del CEN el partido no participará en la contienda electoral. (Art. 66)
  • No se podrán cambiar los órganos del partido, salvo en una convención ordinaria, que sólo se celebrará a mitad del próximo gobierno, cuando se elijan nuevos convencionales. (Art. 14)
  • No se podrán cambiar los estatutos por medio de una convención extraordinaria. (Art. 32)

La Comisión Política pierde funciones

  • Ahora el Presidente puede convocar a Convención ordinaria y extraordinaria sin llamar a la Comisión Política.
  • Ahora el presidente puede nombrar las comisiones de negociación sin ir a la Comisión.
  • Ahora el CEN aprueba y recomienda la alianzas electorales, no la Comisión Política.

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